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“Prefieren perder sus trabajos”: Dobles arremete por caso de piloto y considera grave “Limitar la libertad de expresión”

La diputada Claudia Dobles cuestionó durante su intervención de control político un proceso administrativo disciplinario abierto contra un piloto de aviación civil, luego de que este brindara un comentario personal a un medio de comunicación. Dobles vinculó el caso con el debate sobre la libertad de expresión de los funcionarios públicos.

“Prefieren perder sus trabajos”: Dobles arremete por caso de piloto y considera grave “Limitar la libertad de expresión”

Durante su intervención, Dobles manifestó preocupación por el eventual uso de mecanismos administrativos que, según señaló, podrían terminar generando temor entre funcionarios que expresan opiniones críticas sobre el Gobierno o las instituciones. La exfuncionaria pidió prestar atención a este tipo de situaciones.

“A mí me parece muy preocupante que se empiecen a utilizar mecanismos sancionatorios o disciplinarios que son legítimos para empezar a generar amedrentamiento o empezar a limitar la libertad de expresión que tiene cualquier persona costarricense en ser crítica del gobierno o de la institucionalidad”, afirmó.

La declaración hizo referencia al caso del piloto de aviación civil David Damacio, quien, de acuerdo con lo expuesto por Dobles, enfrenta un proceso administrativo disciplinario después de brindar un comentario a título personal a un medio de comunicación.

Dobles cuestiona el alcance de las medidas administrativas

En su intervención, Dobles sostuvo que la situación merece atención debido a que, desde su perspectiva, un funcionario público no debería perder su derecho a expresar opiniones personales por desempeñar un cargo dentro de una institución estatal.

“Compañeras y compañeros, me parece muy grave y peligroso que funcionarios públicos empiecen a decir que prefieren perder sus trabajos a perder su libertad de expresión”, manifestó durante el control político.

La ex primera dama también hizo referencia al artículo 28 de la Constitución Política de Costa Rica, al señalar que la libertad de expresión cuenta con protección constitucional. Según su planteamiento, expresar una opinión no necesariamente resulta incompatible con las obligaciones que tiene una persona que trabaja para el Estado.

“La libertad de expresión está protegida por el artículo 28 de nuestra Constitución”, señaló Dobles, al plantear que las opiniones personales de un funcionario deben analizarse dentro del marco de los derechos constitucionales y de las responsabilidades propias del servicio público.

Durante su intervención, además, afirmó que el caso no debería analizarse de manera aislada. Dobles sostuvo que existen otras denuncias relacionadas con funcionarios públicos que, según sus declaraciones, han señalado limitaciones para expresar opiniones que no coinciden con las posiciones de la administración.

El planteamiento abrió nuevamente el debate sobre los límites entre la libertad de expresión de quienes ocupan cargos públicos y las obligaciones administrativas, disciplinarias y de servicio que corresponden a los funcionarios.

Dobles también cuestionó que la libertad de expresión pueda verse condicionada por la coincidencia o discrepancia de una persona con una determinada administración. “Esto es preocupante, es una referencia que no deberíamos dejar pasar y a la cual le deberíamos poner muchísima atención”, expresó.

El caso del piloto de aviación civil fue presentado por Dobles como un ejemplo dentro de una discusión más amplia sobre los derechos de los funcionarios públicos y las consecuencias administrativas que pueden derivarse de declaraciones realizadas fuera de sus funciones oficiales.

La intervención se produjo en el marco del control político, espacio en el que se abordan asuntos de interés nacional y se cuestionan actuaciones de instituciones o autoridades públicas. La discusión planteada por Dobles se centró en la protección constitucional de la expresión y su relación con el régimen disciplinario del sector público.

La situación mencionada involucra, según lo expuesto durante el control político, un procedimiento administrativo cuyo origen estaría relacionado con declaraciones realizadas por un funcionario a título personal. Los alcances y eventuales resultados del proceso deberán determinarse conforme a los procedimientos institucionales correspondientes.

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