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Juez falla contra Pilar Cisneros: la denuncia a Ariel Robles resultó ser un caso «atípico»

El Juzgado Penal del I Circuito Judicial de la Zona Sur desestimó la causa penal contra el exdiputado Ariel Robles Barrantes, denunciado por la también exlegisladora Pilar Cisneros Gallo por el presunto delito de violación de correspondencia o comunicaciones. La resolución concluyó que la conducta atribuida al político no constituye delito.

La denuncia se originó tras una publicación de Robles el 20 de mayo de 2025 en la red social X. Allí compartió una captura de pantalla de un chat de WhatsApp llamado «Diputaciones 2022-2026», con documentos y opiniones sobre el trámite legislativo.

Juez falla contra Pilar Cisneros: la denuncia a Ariel Robles resultó ser un caso «atípico»

El material divulgado correspondía al expediente 24.290, que regula las jornadas laborales excepcionales conocidas como «4×3». Este proyecto ha generado un intenso debate político y sindical en los últimos meses.

El juez penal Fernando Mora Gutiérrez acogió el requerimiento de desestimación presentado por la Fiscalía General de la República. Según el magistrado, la conducta denunciada es «atípica», es decir, no configura delito bajo la legislación vigente.

La resolución señala que, para que exista el delito de violación de comunicaciones, debe haber una afectación a la intimidad de un tercero sin autorización. En este caso, el tribunal determinó que ese presupuesto no se cumplió.

«El señor Robles Barrantes era uno de los receptores legítimos de dicho grupo. Al ser parte de la comunicación, este otorgó su consentimiento y poseía la potestad de disponer de la información», indica el documento judicial.

Libertad de expresión y función pública, ejes del fallo

El fallo también resalta que Robles actuó en ejercicio de su libertad de expresión y en su rol como diputado de la República al momento de compartir el contenido cuestionado.

El juzgador subrayó que la información divulgada correspondía a un asunto de interés público, vinculado directamente con un trámite legislativo en discusión en la Asamblea.

«La divulgación de una postura política sobre un expediente legislativo no lesiona el derecho de intimidad que el delito de violación de comunicaciones busca proteger», enfatizó el juez en la resolución.

El documento aclara que, si la parte denunciante considera que hubo un uso indebido de datos personales, ese tipo de controversia correspondería a otra vía legal, no a la penal.

Específicamente, el juzgado remite ese eventual reclamo a la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales (Ley 8968), normativa distinta al Código Penal.

La denuncia de Cisneros había generado atención pública desde su presentación, al involucrar a dos figuras políticas con posiciones enfrentadas dentro del actual escenario legislativo costarricense.

El caso también puso sobre la mesa el debate sobre los límites entre la privacidad de las comunicaciones internas de los diputados y el derecho a informar sobre asuntos de interés nacional.

El auto de desestimación no cierra la puerta de forma definitiva, ya que el proceso podría reabrirse si surgen nuevas circunstancias que lo justifiquen ante la autoridad judicial. Por el momento, la causa contra Ariel Robles permanece cerrada en sede penal, sin que existan actuaciones pendientes adicionales conocidas hasta la fecha de esta publicación.

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