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Familiares de reclusos piden más uniformes para garantizar higiene en cárceles de Alta Contención

La implementación del uso obligatorio de uniformes para las personas privadas de libertad en los módulos de Alta Contención volvió a generar debate, luego de que la organización Familia Penitenciaria Unida (FPU) solicitara al Ministerio de Justicia y Paz (MJP) ampliar la cantidad de prendas que reciben los internos. La agrupación sostiene que la dotación actual resulta insuficiente para mantener condiciones adecuadas de higiene.

Mediante un pronunciamiento público, la organización pidió que, si el Gobierno mantiene la obligatoriedad del uniforme en estos centros penitenciarios, también garantice el suministro de suficientes cambios de ropa para cada persona privada de libertad. Según indicó, la medida debe ir acompañada de condiciones que permitan cumplir con los estándares básicos de salud e higiene.

Familiares de reclusos piden más uniformes para garantizar higiene en cárceles de Alta Contención

De acuerdo con la FPU, el lineamiento vigente únicamente autoriza tres mudadas de ropa por interno, una cantidad que consideran limitada para quienes permanecen de forma permanente en estos módulos. Por ello, propusieron que el Estado entregue, como mínimo, tres uniformes completos a cada persona recluida.

La organización manifestó que disponer de varias prendas facilitaría la rotación de la ropa mientras se realizan los procesos de lavado, especialmente en centros donde las condiciones climáticas o la frecuencia del uso pueden acelerar el desgaste de las prendas.

Además del número de uniformes, la FPU planteó que la dotación contemple diferentes tipos de vestimenta según las condiciones climáticas de cada región del país. Entre las opciones mencionadas figuran camisas o blusas de manga corta y manga larga, así como pantalones cortos y largos.

El pronunciamiento también señala que las características de los uniformes deben considerar las diferencias entre hombres y mujeres, además de atender las recomendaciones médicas cuando existan condiciones de salud que requieran prendas específicas para determinados privados de libertad.

La organización sostuvo que, si Costa Rica pretende implementar modelos penitenciarios similares a los utilizados en otros países, también debería adoptar las condiciones que acompañan esos sistemas. Según expuso, en esas experiencias internacionales los uniformes son entregados en cantidades suficientes y reemplazados cuando presentan deterioro.

En ese sentido, la FPU expresó que no debería exigirse el uso exclusivo de una prenda sin garantizar los cambios necesarios para mantener condiciones adecuadas de higiene. A criterio de la organización, el suministro de vestimenta forma parte de las responsabilidades que asume el Estado cuando establece un régimen uniforme para la población penitenciaria.

El comunicado también solicita que la entrega incluya prendas complementarias como medias, abrigos y otros artículos acordes con las condiciones climáticas de las distintas regiones del país. La agrupación considera que estos elementos contribuirían a proteger la salud de las personas privadas de libertad.

Asimismo, indicaron que las necesidades pueden variar dependiendo de la ubicación de cada centro penitenciario, por lo que consideran conveniente que la dotación de ropa se adapte a las características de cada establecimiento y a las condiciones ambientales que enfrentan los internos.

La FPU afirmó que el fortalecimiento de la seguridad dentro de los centros penitenciarios no es incompatible con el respeto de los derechos humanos. En ese contexto, señaló que ambas condiciones pueden coexistir mediante políticas que combinen el control institucional con el suministro adecuado de implementos básicos.

Finalmente, la organización indicó: «Si el Estado asume el control de la vestimenta de la población penitenciaria, también debe asumir la responsabilidad de suministrarla en condiciones suficientes y adecuadas», al reiterar su solicitud para que el Ministerio de Justicia y Paz revise la cantidad de uniformes entregados a las personas privadas de libertad en los módulos de Alta Contención.

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