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Diputado Wilson Jiménez enfrenta polémica por su título profesional

El diputado de Pueblo Soberano, Wilson Jiménez, quedó en el centro de una controversia pública luego de que se reportara que sus perfiles en redes sociales y la información disponible en la Asamblea Legislativa lo presentaban como abogado, pese a que el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica confirmó que no estaba incorporado y que había reprobado el examen de idoneidad profesional.

La discusión se intensificó después de que el legislador cuestionara al medio CRHoy por divulgar la información y calificara a la prensa como “canalla”. Jiménez atribuyó a un “error material” la referencia a su profesión en el sitio del Congreso. Posteriormente, eliminó de sus perfiles personales la mención que lo identificaba como abogado, según reportes periodísticos.

Wilson Jiménez enfrenta polémica por su título profesional

El Colegio de Abogados confirmó que no estaba incorporado

De acuerdo con la información publicada por CRHoy el 21 de octubre de 2026, el Colegio de Abogados y Abogadas confirmó que Jiménez no figuraba como miembro incorporado de esa institución y que había reprobado el examen de idoneidad profesional en setiembre de 2025. La incorporación es un requisito para ejercer legalmente la abogacía en Costa Rica.

El dato generó cuestionamientos porque la denominación profesional aparecía en espacios utilizados para presentar información biográfica del legislador. La controversia no se limita a su formación universitaria, sino que se centra en la diferencia entre contar con estudios en Derecho y disponer de la habilitación profesional requerida para ejercer como abogado.

La Asamblea Legislativa atribuyó el dato a un “error material”

La Asamblea Legislativa difundió una explicación institucional en la que reconoció que la información publicada sobre la profesión de Jiménez contenía un error. Según el comunicado citado por medios nacionales, durante la recopilación de los datos de los diputados antes del inicio de funciones, el 1.º de mayo de 2026, se consignó que el legislador era abogado y notario.

“Lo correcto es licenciado en Derecho”, indicó la aclaración institucional, según la reproducción publicada por la prensa. La Asamblea también comunicó que se había solicitado corregir la información de su página web y del catálogo oficial de diputados.

La explicación del Congreso abrió otro punto de discusión: la información sobre la profesión del legislador también aparecía en sus perfiles personales en redes sociales. Según los reportes, esos espacios fueron modificados después de que se divulgara la consulta al colegio profesional.

Jiménez respondió con críticas al medio de comunicación

En un video difundido en redes sociales, el diputado rechazó los señalamientos y acusó al medio de presentar información incorrecta. Entre sus expresiones utilizó la frase “mintiendo, típico de la prensa canalla”, con la que cuestionó la cobertura periodística del caso.

Jiménez sostuvo que la referencia publicada por la Asamblea obedecía a un error material. Sin embargo, la respuesta difundida públicamente se enfocó en la información del sitio legislativo y, según los reportes consultados, no aclaró en esa intervención por qué sus perfiles personales también lo presentaban como abogado antes de ser modificados.

Formación académica y habilitación profesional

La controversia exige distinguir entre los grados académicos obtenidos y los requisitos necesarios para ejercer una profesión regulada. Una licenciatura en Derecho acredita formación universitaria, pero no sustituye el proceso de incorporación al colegio profesional correspondiente.

En el caso del notariado, además, se deben cumplir requisitos específicos y contar con la habilitación respectiva. La información publicada por La Nación también señaló que Jiménez no aparecía en el registro de notarios de la Dirección Nacional de Notariado.

El caso plantea preguntas sobre los mecanismos utilizados para verificar los datos biográficos de los representantes públicos y sobre la responsabilidad de las instituciones al publicar información curricular. También vuelve a poner en discusión la relación entre el derecho de los medios a fiscalizar asuntos de interés público y la obligación de las figuras políticas de responder a cuestionamientos sustentados en documentación verificable.

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